Las reservas están hechas a nombre de un único conductor, por lo que sólo esa persona podrá recoger el vehículo. Sí podremos añadir conductores adicionales al contrato de alquiler, pero siempre debemos contar con la autorización de la persona que figura como conductor principal de la reserva.
Tendréis que acudir ambos conductores físicamente a nuestra Store y presentar toda la documentación necesaria para figurar como conductores de un vehículo de alquiler, además de firmar ambos el contrato en ese momento.
Condiciones del alquiler
Para alquileres en España, Italia, Portugal, Francia y Alemania: Cada conductor/a deben tener un mínimo de 18 años de edad y ser titulares de un carnet de conducir en vigor durante todo el periodo de alquiler. No se requiere tener un mínimo de un año de carnet de conducir. Se excluyen las furgonetas de carga por las que se requieren de forma obligatoria tener un mínimo de 20 años y 2 años de antigüedad de carnet de conducir. Además, deberá presentar obligatoriamente un DNI europeo o Pasaporte, ambos en vigor. Existe un suplemento de Conductor/a Joven aplicable a edades comprendidas entre 18 y 25 años, ambas incluidas, de 10€ por día con un mínimo de 24€ y un máximo de 300€.
Para alquileres en Grecia y Malta: Cada conductor/a deben tener un mínimo de 21 años de edad y ser titulares, al menos por un año, de un carnet de conducir en vigor durante todo el periodo de alquiler. Además, deberá presentar obligatoriamente un DNI europeo o Pasaporte, ambos en vigor. Existe un suplemento de Conductor/a Joven aplicable a edades comprendidas entre 21 y 25 años, ambas incluidas, de 10€ por día con un mínimo de 24€ y un máximo de 300€.
COCHE | ||||
PAIS | EDAD MÍNIMA | CARNÉ | EDAD MÁXIMA | EXTRA CONDUCTOR JOVEN |
ALEMANIA | 18 | sin mínimo | 18 - 25 ambos incluidos | |
CROACIA | 18 | sin mínimo | 18 - 25 ambos incluidos | |
ESPAÑA | 18 | sin mínimo | 18 - 25 ambos incluidos | |
FRANCIA | 18 | sin mínimo | 18 - 25 ambos incluidos | |
GRECIA | 21 | 1 año mínimo | 21 - 25 ambos incluidos | |
ITALIA | 18 | sin mínimo | 18 - 25 ambos incluidos | |
MALTA | 21 | 1 año mínimo | 71 | 21 - 25 ambos incluidos |
MONTENEGRO | 19 | 1 año mínimo | 19 - 25 ambos incluidos | |
PORTUGAL | 18 | sin mínimo | 18 - 25 ambos incluidos | |
SERBIA | 19 | 1 año mínimo | 19 - 25 ambos incluidos | |
MOTOS | ||||
ESPAÑA | 18 | *A1 y A2 - sin mínimo **B - 3 años mínimo | 18 - 25 ambos incluidos | |
ITALIA | 18 | 18 - 25 ambos incluidos | ||
PORTUGAL | 18 | 18 - 25 ambos incluidos | ||
CROACIA | 18 | 18 - 25 ambos incluidos |
El Permiso Internacional es un requisito obligatorio cuando quieres conducir en muchos países. Te recomendamos que te informes bien de los requisitos necesarios para conducir en el país que planeas visitar antes de hacer tu reserva.
El Permiso Internacional sólo se puede conseguir en el país de origen y debes obtenerlo antes de iniciar tu viaje. Se trata de un documento físico que recogerás en una administración oficial o será enviado a tu domicilio. Hay muchas páginas web que prometen conseguir permisos internacionales online en unos minutos, lamentablemente estas páginas son fraudulentas y esta documentación no es legal, por lo que no podemos aceptarla.
OK Mobility acepta todos aquellos permisos de conducir, válidos, en vigor y que se presenten junto con la documentación legalmente requerida. Recuerda que el DNI o Pasaporte deben ser del mismo país que el permiso de conducir.
Necesitamos: Carné de conducir, DNI o pasaporte en vigor reconocidos por las leyes españolas y una tarjeta de crédito a nombre del conductor/a principal.
Los documentos necesarios para poder alquilar un vehículo con nosotros son:
Adjunto los requisitos plasmados en nuestras CCGG en el apartado 3. Conductores:
“3. Conductor(es): El Arrendatario y los conductores adicionales deben tener mínimo 18 años y presentar obligatoriamente DNI europeo o Pasaporte y permiso de conducir, ambos documentos en vigor durante todo el periodo de alquiler, en formato físico, legibles y en buen estado y aceptados por la legislación española. Son aceptados por la legislación y válidos para conducir en España los permisos de conducir en vigor de ciudadanos de la UE y del EEE (Islandia, Liechtenstein y Noruega). Los permisos expedidos en terceros países serán aceptados si cumplen con los requisitos del art. 21 del Reglamento General de Conductores; siempre que el permiso esté en vigor, el titular tenga la edad requerida en España para la obtención de un permiso español equivalente y que no haya transcurrido el plazo de seis meses, como máximo, contado desde que su titular adquiera su residencia normal en España. En el resto de casos, será necesario presentar un permiso internacional junto al permiso de conducir en vigor expedido por el país de origen. Para información adicional, recomendamos consultar la página web de la Dirección General de Tráfico española (DGT): DGT - Permisos válidos para conducir en España o contactar directamente al consulado en España del país de expedición de su permiso. Será responsabilidad del cliente realizar las comprobaciones necesarias para conocer si su permiso de conducir es válido para conducir en el territorio español. Se admitirán permisos de conducir en formato electrónico o digital, en las aplicaciones oficiales, pero no se aceptará en formato fotográfico ni copia del mismo.”
Para contactar con el servicio de asistencia en carretera recordamos que debe llamar al país donde ha recogido el vehículo.
España: +34 971 928 603
Portugal: +351 215 569 827
Italia: +39 063 615 86 04
Croacia: +38 517 707 268
Francia: +33 185 852 103
Alemania: +49 891 223 15 46
Grecia: +30 281 222 00 36
Turquía: +90 850 390 19 60
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