La venta de coches de segunda mano y de ocasión aumenta progresivamente año tras año. Una opción con múltiples ventajas, pero que también puede despertar numerosas dudas. Entre ellas está la de saber quién se encarga de pagar el impuesto de circulación de un coche, si el antiguo propietario o el nuevo. ¡Descubre aquí todas las respuestas a tus preguntas!
Cuándo se paga el impuesto de circulación
El impuesto de circulación es el nombre informal que se le da al Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica o IVTM. Tiene una frecuencia anual y se paga en una sola vez, por lo que su validez abarca el año entero. Además, es imprescindible para poder circular con nuestro vehículo; de no ser así, podríamos enfrentarnos a una sanción.
Su importe depende de diferentes aspectos como, por ejemplo, la población en la que se resida, el tipo de vehículo o la potencia fiscal. Esta es una magnitud que se mide en caballos fiscales o CVF. Va a depender de la cilindrada, así como del número de cilindros que tenga el propulsor. Con base en estas cifras, se establecen diferentes rangos de importes a pagar. Por otra parte, los vehículos eléctricos disponen de descuento en algunas ciudades, como Barcelona, Madrid o Sevilla. De igual modo, aquellos vehículos con una contaminación mayor, pagarán un impuesto más elevado.
El ayuntamiento de la localidad es quien se encarga de gestionar el impuesto de circulación. El pago de éste hace que nos planteemos algunas dudas en función de cuándo tenga lugar la compraventa del vehículo; si la obligación podrá recaer sobre una persona u otra. Vamos a ver este detalle en mayor profundidad.
¿Quién tiene la obligación de pagar el impuesto de circulación de un coche de segunda mano?
Si nos ceñimos por lo establecido en la propia ley (Ley Reguladora de las Haciendas Locales), en su artículo 96 establece que el período impositivo coincide con el año natural y que el impuesto debe devengarse en el primer día de dicho período. Pero además, la responsabilidad del pago recae sobre la persona física o jurídica que aparezca en el permiso de circulación el día uno de enero.
Si, por ejemplo, tenemos la oportunidad de vender el coche antes de la fecha del pago, aunque todavía no se haya procedido con el cobro, la obligación sigue recayendo sobre el vendedor, por figurar su nombre en el registro del vehículo con fecha uno de enero. La validez de ese pago se extenderá al año en su totalidad.
Y si, en lugar del vendedor, somos el nuevo comprador del vehículo, no estaremos obligados a pagar el impuesto, pero sí necesitaremos el recibo del justificante del pago. Este debe presentarse con el resto de la documentación para el cambio de la titularidad del vehículo.
A partir de este momento, este cambio se notificará a la Jefatura de Tráfico que corresponda y a partir del año siguiente, será el nuevo comprador quien tenga que hacerse cargo del impuesto de circulación.
Otros pagos a tener en cuenta en la compraventa de un vehículo
Además del impuesto de circulación, en la compraventa de un vehículo usado entran en juego otros pagos, relativos a lo que se conoce como transferencia de aquel. El primero de ellos es el cambio de la titularidad, que en este caso recae sobre la persona compradora. Tiene un coste aproximado de 55 € y se paga a la Dirección General de Tráfico (DGT). En segundo lugar, elimpuesto de transmisiones patrimoniales, que también debe abonarlo la persona compradora y cuyo importe varía en cada comunidad autónoma y según el modelo de coche.
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